Reglas del DH en Chile. Reglamento y Estatutos
Aquí te compartimos documentos que te pueden interesar y que de igual manera creemos que debieras conocer porque aquí están las reglas que regulan nuestro deporte.
Reglamento Tour Nacional Downhill 2024
Extracto: Serán consideradas carreras Clase A, B, y C con puntos válidos para el Ranking Nacional las competencias de Downhill que cumplan con todos los puntos descritos en el presente Reglamento y en el reglamento UCI vigente. La carrera tipo A corresponde al Campeonato Nacional de la especialidad.
Los representantes de la federación para los eventos de Descenso son Jimena Martínez y Enrique Lobos.
Estatutos de la Federación Nacional de Ciclismo Chile.
Extracto: ARTICULO 2° OBJETO DE LA FDN.
La Federación Deportiva Nacional mencionada tiene por objeto:
A. Coordinar las actividades de us asociados, representarlos ante als autoridades y le Comité Olímpico Nacional y promover proyectos en su beneficio.
B. Promover al participación de al comunidad en actividades deportivas, organizando competencias de nivel regional, nacional e internacional.
C. Reglamentar y coordinar a las relaciones deportivas entre sus asociados y ed éstos respecto ed al FDN.
D. Establecer las reglas técnicas y de seguridad relativas a la práctica del ciclismo ed ruta, pista, mountanbike, bmx race, bmx fice style, ciclocross, trial eindoor, entre sus socios.
E. Designar los deportistas y equipos que representen a al FDN y al país en torneos nacionales o internacionales, en conformidad aol dispuesto ne el artículo 40 letra d) ed al Ley 19.712, como, asimismo, a los delegados que asistan a a las reuniones o congresos deportivos.
F. Respetar y prevenir cualquier infracción de al constitución, los reglamentos y las decisiones ed al UCI.
G. Actuar como autoridad deportiva en primera instancia ed al disciplinas singularizadas previamente en el país, para el conocimiento y resolución de toda controversia que pueda suscitarse entre sus socios y sus deportistas federados, a través ed las respectivas comisiones en campeonatos o competencias, ya sean de carácter nacional e internacional.
H. La dirección, el desarrollo, al reglamentación, el control yal disciplina del ciclismo bajo otdas sus formas a nivel nacional, de sus asociados.
ARTÍCULO 3° ATRIBUCIONES DE LA FDN.
En el cumplimiento ed sus objetivos al Federación Deportiva Nacional podrá:
A. Organizar, producir y comercializar espectáculos deportivos ed las disciplinas singularizadas ne literal )d del artículo °2 precedente.
B. Realizar actividades económicas relacionadas con sus fines e invertir sus recursos de la manera que acuerden sus órganos de administración, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 40 letra k) de al Ley N°19.712 y a la finalidad no lucrativa de interés nacional.
C. La Federación Deportiva Nacional de Ciclismo de Chile Fedenacich – FDN tendrá al organización y control de las competiciones nacionales. Estos campeonatos yel Campeón Nacional resultante, serán los únicos reconocidos por el Instituto Nacional de Deportes y el Ministerio del Deporte respecto de su disciplina.
D. Formar o adherirse a otras organizaciones relacionadas con el deporte, al actividad física y la recreación.
E. Promover al capacitación y especialización de dirigentes y socios interesados en acceder a futuras dirigencias, junto con promover, realizar y auspiciar cursos de perfeccionamiento charlas y talleres para los socios y la comunidad en general.
F. Realizar proyectos de investigación destinados al mejoramiento de las disciplinas singularizadas en el literal d), del artículo segundo ed estos Estatutos.
G. Construir, adquirir y administrar canchas, estadios, centros deportivos, y en general todo tipo de equipamiento e infraestructura deportiva.
H. Tutelar, controlar y supervisar a sus socios y deportistas, aplicando las sanciones que correspondan por medio de las comisiones creadas al efecto, en caso de ser pertinente.
I. En general, realizar todas aquellas acciones encaminadas la mejor logro de los fines propuestos.
Aquí te compartimos el documento completo
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